A fines de agosto del presente fuimos testigos de un fallo inédito de la Corte Suprema quien acogiera el recurso de protección en contra de la Inmobiliaria GPR Puerto Varas Limitada, Inmobiliaria Socovesa Sur S.A. y el Servicio de Vivienda y Urbanismo de la Región de Los Lagos, presentado por la Junta de Vecinos Jardín Oriente 3, Agrupación Cultural por los Humedales y Entornos Naturales y la Sociedad Educacional Winkler Contreras, todos vecinos del sector.
Esto luego de que se observaran una vez más cómo máquinas retroexcavadoras intervenían un humedal urbano de la región, el Humedal de Llantén y el estero sin nombre localizado en el sector de Jardin Oriente de la comuna de Puerto Montt, cuyo destino era un proyecto inmobiliario. A pesar de conversaciones entre vecinos, constructora y municipio no se pudo llegar acuerdo.
La controversia se centró básicamente en si los terrenos tenían o no las características para ser un humedal. La definición de humedal que acoge nuestro país es la descrita por Ramsar donde un humedal es aquella extensión de marismas, pantanos y turberas, o superficies cubiertas de agua, sea de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluidas las extensiones de agua marina, cuya profundidad en marea baja no exceda los 6 metros. Por lo que, ya sea de carácter natural o artificial, es un humedal urbano y debió ser reconocido como tal.
De acuerdo con lo descrito en el fallo de la Corte Suprema los informes entregados por científicos como el Doctor José Núñez del Instituto de Ciencias Marinas y Climatológicas de la Facultad de Ciencias, y el proyecto Conycit dirigido por la Doctora Sandra Marin del Instituto de Acuicultura de la Sede Puerto Montt ambos de la Universidad Austral de Chile, fueron fundamental para resolver. Este es un claro ejemplo del aporte que pueden hacer las instituciones de educación superior de la capital regional, a través de instancias aglutinadoras como la futura corporacion Puerto Montt Superior.
El desmedido desarrollo inmobiliario y el sostenido otorgamiento de permisos de edificación de viviendas sobre humedales urbanos, esta generando graves impactos en nuestras ciudades, ignorando por completo los servicios ecosistémicos que nos entregan los humedales urbanos, por ejemplo: El control de Inundaciones y sedimentación, la protección de flora y fauna nativa, la reserva y filtración de agua dulce, etc.
Este fallo es un precedente para el resto del país, gracias a la gran tarea que emprendieron los vecinos de manera organizada e informada para lograr el resguardo de este sector. Por eso debemos trabajar todos juntos: las Instituciones de Educacion Superior, los Municipios y los Vecinos, para la protección de los otros 13 humedales restantes en el área urbana de Puerto Montt que han sido identificados por el municipio. Ojalá incorporemos a los humedales urbanos como parte de la solución y los integremos como espacios públicos de esparcimiento y conservación para evolucionar a ciudades más inteligentes, saludables y sustentables.